FGR logra sentencia condenatoria contra una persona por portación de arma
ACAPULCO, Gro., 18 de junio de 2018.- Luego de conocer la sentencia que recibirán los dos militares que la violaron hace 16 años, Valentina Rosendo Cantú señaló que “se me llena de emoción el corazón porque soy una mujer indígena que habla Me’phaa y ganó mi palabra, ganó la verdad, porque desde el principio el gobierno no me creyó y ahora triunfó mi búsqueda de justicia; siento que hay una esperanza”.
Rosendo Cantú también agradeció a sus abogados y a todas las organizaciones que la acompañaron porque sin ellos, sin su apoyo no lo hubiera logrado.
La jueza del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero, Liana Fabricia Contreras Perales, emitió una sentencia condenatoria contra los militares Nemesio Sierra García y Armando Pérez Abarca por los delitos de violación y tortura, derivados de los hechos ocurridos en 2002.
De acuerdo con un comunicado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, el Juzgado impuso a los imputados una pena de 19 años, cinco meses y un día de prisión, condenándolos también por el pago de la reparación del daño a favor de Valentina Rosendo Cruz.
En la sentencia se tiene por probado, que los militares cometieron tortura sexual contra Valentina, quien en ese entonces era menor de edad.
Para ello, el Juzgado reconoce el testimonio de la víctima como elemento probatorio fundamental, y señala que los delitos de esta naturaleza ocurren sin que haya posibilidad de acceder a testigos.
“Los militares, al ostentarse como un grupo armado, actúan como si no hubiera leyes que los obliguen a respetar los derechos de las personas. Por el hecho de que Valentina, una menor de edad, se viera obligada a lavar su ropa en un arroyo, para los militares fue una oportunidad para mancillarla y causarle un grave daño que ha trastocado su proyecto de vida como mujer, como esposa y como madre. Se infligió un daño a su dignidad, a la honra familiar y a la misma comunidad porque los elementos castrenses usaron su fuerza para causar terror y romper el tejido comunitario”, afirmó Abel Barrera, director del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan.
La investigación por los hechos se inició ante la justicia militar en México, en donde la denuncia interpuesta no prosperó. Por ello, luego de un largo proceso ante el sistema interamericano, el 31 de agosto del 2010, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia contra del Estado mexicano.
Este órgano ordenó a México 16 medidas de reparación, dentro de las cuales se señaló investigar los hechos en el fuero civil y proceder a identificar, juzgar y sancionar a las personas responsables, para así garantizar el acceso a la justicia de Valentina Rosendo Cantú.
Debido a esta y otras sentencias dictadas por la Corte IDH, en el 2014 México modificó parcialmente el Código de Justicia Militar, estableciéndose que las violaciones de derechos humanos cometidas por militares contra personas civiles se investigarían en tribunales civiles.
“Esta es la primera vez que México cumple con su obligación de investigar, juzgar y sancionar, a militares responsables de violaciones de derechos humanos a raíz de una sentencia del tribunal interamericano. Por ello, esta sentencia es un hito y una prueba de que la impunidad se puede romper a pesar de no existir voluntad, porque Valentina persistió, las organizaciones continuaron acompañándola y hubo una jueza independiente”, destacó Marcia Aguiluz, directora del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional para Centroamérica y México (CEJIL).