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CIUDAD DE MÉXICO., 23 de marzo de 2021.- La Asociación de Bancos de México (ABM) informó que, a partir del 23 de marzo, los bancos se verán obligados a obtener la geolocalización en tiempo real del dispositivo de sus clientes para que puedan tener accesos a los servicios financieros digitales, como en aplicaciones móviles y banca por internet.
¿Qué dice la ley?
La disposición se encuentra en la Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las Disposiciones de carácter genera a que se refiere el artículo 115 de la Ley de instituciones de Crédito, publicada el 22 de marzo de 2019 y que obliga a que todos los servicios de canales digitales de los bancos solo podrán activarse si el cliente autoriza la geolocalización del dispositivo, por lo que se les dio tiempo a los bancos para poder hacer los ajustes a sus sistemas.
De acuerdo con la ABM, se trata de una herramienta útil ante el aumento en el uso de la banca móvil y que no tienen prevista la geolocalización permanente de los usuarios de la banca, únicamente que el teléfono utilizado para realizar operaciones coincida con el que está registrado ante el banco.
Jaime Márquez Poo, director de desarrollo de negocios y nuevos proyectos en STP, una plataforma especializada en dar acceso a mecanismos de transferencias electrónicas a fintech, explicó que a pesar de que puede generar incertidumbre que el banco pueda saber la ubicación exacta en todo momento, esta medida otorga mayor protección a las transacciones. Agregó que no es un mecanismo de vigilancia, sino de protección para los usuario.
“Este mecanismo permite ver a las instituciones financieras desde donde se está generando la operación o desde donde se está abriendo la cuenta. Si tu vives en Ciudad de México y alguien hace una transacción con tu cuenta desde Mérida, este tipo herramientas les dan control a las instituciones y cuidar nuestros recursos de caer en fraudes o robos de identidad”, dijo.
En este sentido, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Proyección de Datos Personales (INAI) pidió a las instituciones bancarias extremar precauciones para el uso de la geolocalización de sus clientes y usuarios que requieran de sus servicios vía remota.
“Se debe resaltar que el tratamiento de los datos de geolocalización de clientes y usuarios sólo será posible con su consentimiento, que deberá ser recabado por las instituciones bancarias, previo a la apertura de la cuenta, celebración del contrato o de cualquier operación que realice con la institución de forma no presencial”.
El organismo advirtió que la geolocalización puede permitir la creación de un perfil y, en su caso, revelar información del usuario, lo cual podría representar una nueva finalidad y un cambio en el tratamiento de datos personales, por lo que si los clientes y usuarios de los servicios de instituciones bancarias detectan o tengan conocimiento del tratamiento indebido de sus datos personales pueden presentar una denuncia ante el INAI.
Informa Milenio