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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregar los informes trimestrales de los ingresos y egresos del Fondo de Servicio Universal Eléctrico, desde su creación, en noviembre de 2016, al primer trimestre de 2017.
“El acceso a la información pública permitirá que la ciudadanía conozca los avances que las autoridades competentes llevan a cabo para administrar adecuadamente el Fondo de Servicio Universal Eléctrico, así como los avances en el cumplimiento de sus metas”, aseguró el comisionado Joel Salas Suárez al presentar el caso ante el Pleno.
Expuso que el Fondo se creó, a partir de la reforma energética, con el objetivo de ampliar la electrificación a comunidades rurales y zonas urbanas marginadas, que no tienen acceso al suministro básico de energía.
“De acuerdo con datos de la propia Comisión Federal de Electricidad, que es la institución encargada de dirigir el Sistema nacional de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en el país, hay poco más de 192 mil poblaciones, de las cuales 41 mil 697 no tiene servicio eléctrico y en las que habitan aproximadamente 1.8 millones de personas”, planteó Salas Suárez.
Un particular solicitó conocer los montos de los recursos que han ingresado al Fondo de Servicio Universal Eléctrico; en respuesta, la SHCP se declaró incompetente y orientó al solicitante a presentar su requerimiento ante el propio Fondo o a la Secretaría de Energía (Sener).
La dependencia argumentó que el Fondo es un sujeto obligado de la Ley General de Transparencia y que la Sener es la institución encargada de coordinarlo.
En alegatos, la SHCP reiteró su incompetencia; sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, se determinó que la dependencia cuenta con atribuciones para conocer la información solicitada.
Se advirtió que el Fondo se constituyó mediante un contrato de Fideicomiso Público, en el que la SHCP fungió como fideicomitente, por lo que la unidad responsable del mismo debe remitir a la dependencia los informes trimestrales de los ingresos y egresos, incluidos los rendimientos financieros del periodo y el saldo, como lo establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
En el caso concreto, la unidad responsable del Fondo es la Dirección General de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y Vinculación Social de la Sener, la cual está obligada a remitir a la SHCP dichos informes.
En ese sentido, se concluyó que las dos dependencias son competentes para conocer la información.
Por tanto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SHCP y le instruyó hacer una búsqueda de la información en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Subsecretaría de Egresos, a fin de que entregue al particular los informes trimestrales remitidos por la unidad responsable del Fondo, desde su creación al primer trimestre de 2017.