Se preparan cancunenses por Milton
MÉXICO, 27 de octubre 2022.- La Dirección Jurídica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió un criterio de interpretación, para efectos administrativos, de diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente y de la de 1973, a fin de garantizar que las parejas del mismo sexo en una relación de concubinato, tengan acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad, y a la Pensión por Viudez, independientemente de su preferencia sexual o estado civil.
Esto, en el marco de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, que derivó en la emisión de un criterio de interpretación para permitir el acceso al referido seguro al cónyuge del asegurado (a) o pensionado (a), con independencia de si se trata de matrimonio entre personas del mismo o distinto sexo, criterio que no se hizo extensivo a otras figuras como el concubinato, se informó en un comunicado.
Es así que, en aras de salvaguardar la inclusión y no discriminación en favor de todas las personas derechohabientes, el Director General del IMSS, Zoé Robledo, destacó que, con la emisión de este nuevo criterio de interpretación, las Direcciones Normativas competentes en la materia, facilitarán el acceso a las referidas prestaciones de una manera más eficiente, tanto administrativa como tecnológicamente.
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