Crea TET su Instituto de Formación y Capacitación
Este martes el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) integrado por la Magistrada Presidenta Claudia Salvador Angel, el Magistrado Miguel Nava Xochitiotzi y el Magistrado por Ministerio de Ley, Lino Noe Montiel Sosa aprobaron por unanimidad de votos cinco acuerdos plenarios y una sentencia de distintos medios de impugnación promovidos ante esta autoridad jurisdiccional para garantizar participación política-electoral de sectores vulnerables, principalmente.
En el Acuerdo Plenario relativo al expediente TET-JDC-22/2020, se declaró que la sentencia definitiva emitida el 8 de septiembre de 2020, se encuentra en vías de cumplimiento por parte del Congreso del Estado de Tlaxcala, para atender la omisión legislativa y garantizar la participación de personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas que quieran acceder a diputaciones locales, por lo que para la atención de este asunto, el TET requirió al Poder Legislativo informe de los actos que en lo subsecuente realice en cumplimiento a lo ordenado.
Asimismo, del expediente TET-JDC-11/2021 Y ACUMULADO relativo a la implementación de acciones afirmativas para las personas de la comunidad de la diversidad sexual, en el que la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX),ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) la implementación de lineamientos y acciones afirmativas en favor de las personas de la comunidad LGBTTTIQ+, para que se aplicaran en proceso electoral 2020-2021, dejando la revisión de su cumplimiento al TET y que en el año 2021 esta autoridad declaró el cumplimiento parcial por parte del ITE y al Congreso del Estado, se le otorgó un plazo de un año posterior a la conclusión del proceso electoral.
Al haber trascurrido un año a partir de la conclusión del proceso electoral local 2020-2021, las constancias remitidas al TET muestran que el Congreso local ha realizado diversos actos y gestiones tendientes a dar cumplimiento a lo ordenado, informando, además, que seguiría realizando mayores actos, atendiendo también a lo que aconteciera en la reforma electoral federal, con lo que acreditó las gestiones realizadas para garantizar la participación política de las personas de la diversidad sexual. Por ello, se aprobó declarar que la sentencia emitida dentro del presente juicio de la ciudadanía, se encuentra en vías de cumplimiento y se vinculó a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Tlaxcala, para que remita informes periódicos al TET.
Por otra parte, en el Acuerdo Plenario del expediente TET-JDC-019/2022, se determinó el cumplimiento parcial de la sentencia emitida por este Tribunal, y se aprobó enviar el quinto requerimiento e imponer una multa al director de Obras Públicas del Municipio de La Magdalena Tlaltelulco, para que entregue al tercer regidor, el Calendario de Obras Públicas y Expedientes Técnicos solicitados mediante oficio.
En otro asunto de carácter municipal, en el expediente TET-JDC-082/2022 promovido por el síndico municipal de Tenancingo a fin de controvertir las omisiones por parte de la presidenta y tesorera municipal de esta demarcación, se declaró fundada la omisión de entregarle al actor los recursos materiales y humanos para poder desempeñar sus funciones y obligaciones como síndico municipal ni haber sido incluido en la Comisión de Protección y Control del Patrimonio Municipal, así como en el Comité de Adquisiciones, Servicios y Obra Pública del Municipio, como lo establece la Ley Municipal.
También se ordenó a la presidenta y tesorera municipal, den respuesta a cada uno de los escritos que les presentó el actor.
En tanto, en el Acuerdo Plenario de escisión del escrito presentado el 3 de febrero, dirigido al presidente municipal de Ixtacuixtla, signado por Paulino Briones López, en su carácter de presidente de comunidad de Santa Justina Ecatepec, integrado en las constancias del expediente del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-007/2023, se aprobó reencauzarlo a un nuevo Juicio de la Ciudadanía.
Finalmente, en el expediente JDC-336/2016 promovido por ciudadanas y ciudadanos tlaxcaltecas, el Acuerdo Plenario aprobado por unanimidad de votos estableció que tras la declaración de la omisión legislativa, respecto de emitir la normatividad, para que, en los municipios con población indígena, se eligieran representantes ante los ayuntamientos, del cual se ordenó dar vista al Congreso del Estado para que en ejercicio de su libertad legislativa, garantice los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas, de acceder, de acuerdo a sus usos y costumbres a la representación de sus poblaciones ante los ayuntamientos, su atención se encuentra en vías de cumplimiento, por lo que también se vinculó a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, para remitir informes periódicos al TET.