Sheinbaum y AMLO: las diferencias sensibles
No es casual que la Suprema Corte de Justicia de la Nación pierda el tiempo eliminando de las tipificaciones el modo honesto de vivir. Son tantas las connotaciones de esa frase que el propio Poder Judicial sería borrado ipso facto del mapa, Comenzando por el que la aplicaba a criterio utilitario, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Los criterios morales no entran en la validación jurídica, como no sea los que aplican los juzgadores, violando el criterio concreto de la interpretación. En lejanos tiempos, auténticos juristas que me daban clases se reían del término honesto aplicado a funcionarios, similar al que se hacía a la mujer casta y honesta. Uno de ellos, excelente personaje, a quien estimaban los alumnos, dijo en plena clase que un funcionario honesto es aquel, “que no debe coger fuera de su casa”, es decir, una connotación sexual que aplicada en la mujer con los fines utilitarios que al machismo convienen, significa que debe ponderarse pura y sin mancha para el tipo que quiera hacer uso de ella. Como las connotaciones se extienden a otros rumbos y conceptos, el intérprete se agarraba de ahí y la propia precandidata presidencial de Morena Claudia Sheinbaum, dejaba de ser honesta por haber emitido opiniones sobre la consulta de revocación.
ARISTÓTELES Y CONFUCIO LE ENTRARON A LA POLÉMICA DE LA HONESTIDAD
Cuando una palabra tiene tantas connotaciones, hay que entrar en desconfianza. Según la definición de la Real Academia Española (RAE), honestidad significa “decente, decorosa, pudorosa, razonable justa, honrada y recta”. En primer lugar para que un término englobe tantos conceptos, quiere decir que esos conceptos ya señalados en uno solo, salen sobrando. Con que exista la palabra honestidad se definen siete conceptos en uno. Pero si es necesario adjudicarlos quiere decir que la palabra es peligrosa porque con uno que falte deja de ser lo que se pregona. A Los funcionarios que como Sheinbaum fueron catalogados de falta de honestidad por dar opiniones fuera de contexto según el tribunal, al no haber una ley explicita, se les aplicó el mencionado criterio, modo honesto de vivir. ¿Cuál fue el criterio que faltó si se observa que los siete mencionados no tienen nada que ver con expresar un punto de vista? Por otro lado, cuando una ley se viola, es violación a esa ley, no a la forma de vivir. En ese sentido se acerca a la definición de Aristóteles que entre otras ideas, considera que la honestidad es no caer en la tentación de los bienes ajenos. No robar o saquear, pues. Confucio va más allá y como buen chino pensador, crea todo un esquema en torno al término, que llega a lo mismo que la RAE, una complejidad de definiciones de tal envergadura, que prevalecen en ellas el concepto de moralidad: decoroso, honorable, recto, honrado, etcétera. Al final, uno cansado y molesto, deja de ser, de coraje, honesto.
SI LA CORTE SE DESCUIDA EL TEPJF. ENVALENTONADO, SE LE PUEDE TREPAR
El TEPJF es un anexo que fue creado seis años después de que los procesos electorales pasaron a ser, en teoría, ciudadanos. La existencia del IFE y más tarde del INE demostró que como autónomos, en ciertos momentos dejaron de ser una opción democrática peor que en los procesos en manos del gobierno. Lo vimos en el descarado fraude del IFE a favor de Felipe Calderón, impulsado y reconocido por Vicente Fox, con la complicidad de Luis Carlos Ugalde, presidente del instituto. El TEPJF por su parte, organismo especializado de la Corte, al tener la libertad de juzgar e interpretar una materia determinada como es la electoral, sentó sus reales al ver la importancia que esta tiene en la lucha por el poder y sobresale de las propias decisiones de la Suprema, que juzga las muchas materias que le fija la ley. Ese tribunal ha creado una simbiosis con el INE como lo estamos viendo. Y la decisión sobre el llamado modo honesto de vivir que llevó la sanción directa al partido Morena, es parte de esa simbiosis porque el tribunal y el instituto electoral deberían de ser imparciales. Por lo pronto, se derogó el criterio mencionado, no porque la Corte quiera hacer, en este momento, algún beneficio para la 4T, sino por lo absurdo que era, el que ese criterio estuviera siendo penalizado.