Matan a integrante de la Guardia Nacional en Juchitán
CIUDAD DE MÉXICO, 30 de junio de 2024.- En el México del siglo XXI aún hay quienes buscan modificar la orientación no normativa mediante violencia física, psicológica o sexual. A estas estrategias se les conoce como “terapias de conversión” o esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género (ECOSIG) y, a decir de Tania Esmeralda Rocha Sánchez, investigadora de la Facultad de Psicología (FP) de la UNAM, “a eso no se le puede llamar ‘terapia’ porque no hay nada que curar”.
De acuerdo con la información en UNAM Global, en ese contexto, desde el 26 de abril pasado y después de casi seis años de haberse presentado la iniciativa en el Senado, se logró que las mal llamadas “terapias de conversión” se prohibieran en todo México. Y es que el Senado aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar los ECOSIG, con los que se intenta obligar a las personas a cambiar su identidad sexual.
Las modificaciones, que se han logrado tras un largo camino legislativo, incluyen sanciones y penas de entre dos y seis años de cárcel para quienes participen de alguna forma con la realización o financiación de este tipo de prácticas, y aumentan al doble si las víctimas son personas menores de 18 años, adultos mayores o con alguna discapacidad.
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