Capacita SMA a Personal de Ecología de los Municipios en Medio Ambiente
La PROFEPA realizó dentro del programa de combate a la tala clandestina, operativo de inspección a 5 aserraderos del 23 al 27 de abril; se clausuraron dos CAT´s en Tlaxco y Atlangatepec, Tlaxcala; no acreditaron la legal procedencia de madera en el lugar;
Asegura además 45.808 m3 de madera en rollo; 96.791 m3 de madera en escuadría de pino; 27.373 m3 de madera en rollo; 0.492 m3 de madera en escuadría de encino; así como 14 equipos de aserrío;
PROFEPA, inspecciona 5 aserraderos del 23 al 27 de abril
De acuerdo al boletín oficial:
TLAXCALA, Tlax., a 27 de abril de 2018.- Centros de Almacenamiento y Transformación no acreditaron la legal procedencia de materias primas forestales en los Municipio de Tlaxco y Atlangatepec; también carecen de sistemas de control teniendo manejo inadecuado de la documentación.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó dentro del programa de combate a la tala clandestina, un operativo de inspección a 5 aserraderos del 23 al 27 de abril del presente año; como resultado de éste fueron clausurados dos Centros de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales (CAT´s) en los municipios de Tlaxco y Atlangatepec, Tlaxcala, debido a que no acreditaron la legal procedencia de la madera en el lugar.
Durante un operativo en materia forestal, personal de la PROFEPA llevó a cabo la inspección de cinco CAT´s, de los cuales en cuatro se dictaron medidas de seguridad: en dos se impuso la Clausura Total Temporal; en los dos el aseguramiento precautorio de la materia prima forestal, y solo uno de ellos no presentó irregularidades.
Por ello, la PROFEPA aseguró precautoriamente 45.808 m3 de madera en rollo; 96.791 m3 de madera en escuadría ambos de pino; 27.373 m3 de madera en rollo; 0.492 m3 de madera en escuadría ambos de encino.
Además, se aseguraron también 14 equipos entre los que se encuentran torres de aserrío y carros de empujón, de conformidad con lo establecido en el artículos 161 fracciones I, II y 163 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Entre otras irregularidades detectadas en los diferentes CAT´s, además de no acreditar la Legal procedencia, fue que un Centro de Almacenamiento no presentó autorización de funcionamiento emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); no tiene actualizado el libro de registro de entradas y salidas al momento de la inspección; asimismo se encontraron diversos documentos forestales (remisiones y reembarques forestales) con inconsistencias en el llenado.
El o los responsables de los Centros de Almacenamiento podrán hacerse acreedores a multas que van de las 100 hasta las 20,000 veces las Unidades de Medida y Actualización vigentes, de acuerdo con lo señalado en el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, y al decomiso de las materias primas forestales en caso de no presentar la documentación que acredite su legal procedencia.