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TLAXCALA, Tlax., a 20 de febrero de 2018.- No obstante de haber documentado actos de represión por autoridades estatales de Tlaxcala sobre todo por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado (SECTE), fue por tecnicismos que el juez segundo de distrito negó conceder el amparo a la empresa Pronto Mobile Technologies.
Y es que, en respuesta a la interposición del juicio de amparo, Noé Rodríguez Roldán titular de SECTE, negó los hechos señalados por los demandantes argumentando la inexistencia de una Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Tránsito y Vialidad del Estado de Tlaxcala, del mismo modo, se argumenta en la defensa que la autoridad respectiva sí está facultada para efectuar la retención de unidades vehicular en caso de faltas administrativas, empero, negó haber cometido estos actos imponiendo solamente infracciones y reteniendo placas.
Esto en contraposición a los hechos registrados en diversos medios de comunicación de circulación estatal donde el pasado 24 de enero se evidenció la retención de cinco autos utilizados por operadores Pronto, reclamando estas acciones como un acto arbitrario e ilegal al no existir una regulación jurídica que permita la operación de plataformas digitales de transporte.
Los sucesos, señala la defensa de Pronto a cargo de Calva Corro abogados, quedó registrada en videograbaciones donde se expone la confiscación de los vehículos en diversas partes del estado y al solicitar documentos y descender de sus vehículos, fueron remitidos por agentes de seguridad y puestos a disposición del Ministerio Público.
Pese a ello Carlos Alberto González García, Juez segundo de distrito en Tlaxcala declaró que los actos no son violatorios a las garantías individuales señaladas por la defensa.
De este modo, según Nydia Cano, esperarán la respuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde ya fue interpuesto el juicio de amparo.