Una cadena de Facebook en la que se asegura que “si AMLO llega al 80%, el PRI pierde su registro” ha obtenido más de 45 mil interacciones en redes sociales y se ha difundido en al menos cinco grupos de apoyo al candidato presidencial de Morena, Andrés Manuel López Obrador.
La información no tiene sustento: no hay una sola encuesta que ponga a López Obrador con ese porcentaje y, por si fuera poco, aún cuando el candidato obtuviera esos votos, los partidos políticos sólo necesitan tener el 3% de la votación en cualquiera de las tres elecciones federales —presidente, senadores y diputados—, para mantener el registro.
No existe un solo estudio que plantee la posibilidad de que el PRI obtenga un porcentaje menor a ese 3% en las elecciones federales del 1 de julio.
Según la ley, un partido político nacional puede perder su registro si no participa en un proceso electoral ordinario; si no obtiene por lo menos el 3% de la votación válida emitida en la elección federal y ordinaria inmediata anterior; si incumple con los requisitos para el registro, o si incumple con la normatividad electoral. También pierden su registro los partidos disueltos o que se fusionen con otro partido, según se establece en el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos.
El partido político que no puede mantener su registro pierde también todos los derechos y prerrogativas que le otorga la la ley, como el financiamiento público o el acceso a espacios en radio y televisión. Sin embargo, la cancelación o pérdida del registro no exime a los dirigentes y candidatos de ese partido de cumplir con la fiscalización que establece la ley hasta la liquidación de su patrimonio.
En los últimos 25 años, 20 partidos políticos nacionales han perdido su registro, según el recuento del Instituto Nacional Electoral (INE), como el Partido Humanista, que en las elecciones a diputados de 2015 sólo alcanzó el 2.25% de la votación; el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM), en el año 2000, cuando obtuvo el 0.42% de la votación emitida en la elección presidencial, 0.74% en la de senadores y 0.73% en la de diputados.
En coalición, los votos se reparten
En 2014, como parte de la reforma político-electoral, se aumentó el porcentaje mínimo de votos requeridos para mantener el registro de 2% a 3%, y se obligó a los partidos que van en coalición a presentarse por separado en la boleta. De esta forma, los votos que reciben como coalición se reparten entre los partidos marcados por el ciudadano.
A la hora de contabilizar los votos, el INE suma todas las boletas marcadas de la misma forma y divide esos votos de forma proporcional. Por ejemplo, si la coalición está compuesta por tres partidos y el ciudadano decide marcar sólo dos, la suma de los votos que han elegido esa combinación se reparten entre esos dos partidos.
Pero en cualquier caso, cada partido debe alcanzar el 3% de forma independiente.
Promover el pluralismo
El umbral del 3% busca mantener en equilibrio la tensión que hay para promover la pluralidad y que no se fragmente el sistema de partidos, explica Sebastián Garrido, politólogo e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE): “Si no mantienes ese umbral, tienes muchos problemas para tomar decisiones en la Cámara de Diputados”.
“Eso hace difícil que los partidos puedan crearse y mantenerse, ha cerrado un poco la competencia”, añade. “El porcentaje depende del contexto en que lo pongas. Hay algunos países en los que es mucho más bajo o no hay restricciones, y otros en los que es del 7%, como en Turquía”.