Da comienzo el Proceso Electoral Federal 2020-2021
TLAXCALA, Tlax., 22 de Junio de 2018.- Por acudir a un acto proselitista con el Candidato a la Presidencia de la República por la Coalición “ Por México el Frente”, el Presidente Municipal de Apizaco, Julio Cesar Hernández Mejía deberá ser sancionado por integrantes del cabildo, determinaron por unanimidad magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).
En sesión ordinaria aseguraron que el edil panista violentó lo establecido en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al acudir a un evento político en día y horario hábil.
Recordar que el pasado 24 de abril, Hernández Mejía estuvo presente en un acto político en el Centro de Convenciones de Tlaxcala con el Candidato a la Presidencia de la República de la Coalición por México al Frente, Ricardo Anaya Cortés.
En breve entrevista y en tono molesto, el también ex diputado local descartó que su función como Coordinador Estatal de la Coalición Por México al Frente, afecte su labor como Presidente Municipal pues “tengo una agenda completa en la noche y los fines de semana y recalcó que él solo coordina un frente, no es candidato, ni coordina un partido político “eso es algo que tal vez no se había entendido, el tema del frente afortunadamente tiene cuatro partidos políticos que son de primera, tres nacionales y uno extremadamente fuerte en lo local que es el PAC, cada uno tiene su representación y lo cual yo vengo a coadyuvar y a reforzar labores obviamente del orden político al interior”.
Ese día explicó haber solicitado licencia al cabildo por unas horas para acudir e acto político; no obstante le descontaría el día de su salario.
No obstante en la sesión, los magistrados del TET, acordaron que a la brevedad posible integrantes del ayuntamiento de Apizaco “procedan en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala, a efecto de determinar la sanción que le corresponde al hoy denunciado, por ser el órgano encargado de los procedimientos para la aplicación de las sanciones relacionadas con las responsabilidades de los integrantes de los ayuntamientos”.