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TLAXCALA, Tlax., 8 de diciembre de 2016.- La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), violó la Constitución mexicana al negarse a investigar la desaparición de la menor Karla Romero Tezmol y sólo permitir este caso con una Acta Circunstanciada, pues por el simple hecho de identificarse en un corredor de trata como San Pablo del Monte era suficiente para haberse emprendido la investigación formal, sostuvo el juez del Segundo Juzgado de Distrito del Estado, Carlos Albergo González García, quien, además, reiteró que esta dependencia estatal no puede decidir a capricho si inicia o no, Averiguaciones Previas cuando es un delito considerado en el Código Penal.
Y es que después de casi un año de la desaparición de esta pequeña de 11 años, los padres de Karla, Iván Romero Galupila y Olga Tezmol Juárez, sin respuesta de la procuradora Alicia Fragoso Sánchez y frustrados por las irregularidades en las que ha incurrido la abogada tlaxcalteca en la búsqueda de la pequeña, solicitaron ante un juez federal de amparo se revisará el proceder de las autoridades de justicia de Tlaxcala.
Ante ello, el juez Carlos Albergo González García del Juzgado Segundo de Distrito en el estado, determinó que la actuación de la Procuraduría local se traduce en una violación a las prerrogativas fundamentales de seguridad pública.
En tanto, el juez concluyó que un “Acta Circunstanciada» no le permite a la Procuraduría de Tlaxcala investigar nada, por lo tanto, no es la figura legal óptima para determinar si existe un delito que perseguir o no.
El juez consideró necesario recordarle a la PGJE, que no puede decidir a capricho si inicia Averiguaciones Previas o no, toda vez que es su obligación emprender investigaciones formales, cada vez que un ciudadano denuncie un hecho que sea considerado delito por el Código Penal.
Asimismo, le recordó al gobierno de Mariano González Zarur, que el sólo hecho de que Karla desapareciera en un municipio identificado como parte del corredor de trata Puebla-Tlaxcala como lo es San Pablo del Monte, era suficiente para que la PGJE emprendiera investigación formal desde enero, cuando los padres dieron a conocer esta desaparición, lo cual la procuradora no hizo y se negó en todo momento primero a emitir la Alerta Amber, protocolo inmediato en la búsqueda de menores desaparecidos y luego por iniciar una Averiguación Previa por el delito por privación ilegal de la liberad que se mantiene hasta el momento, a casi un año de que la niña de 11 años fuera retenida cuando el 13 de enero del presente año se dirigía a la primaria y después no se supo más de ella.
Finalmente, el juez federal determinó que Karla es presuntamente víctima de distintos delitos como privación ilegal de la libertad, desaparición forzada y trata de personas con fines de explotación sexual, por lo menos.