Alfonso Sánchez rinde informe de 100 días de gobierno en Tlaxcala
El pasado 3 de mayo el gobierno de Tlaxcala publicó en el Periódico Oficial las reglas de operación.
TLAXCALA, Tlax., 6 de mayo de 2019.- Las reglas de operación para el Fondo al campo y Obra pública que suman 404.5 millones de pesos (MDP) dentro del Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala (PEET) 2019, fueron publicadas por el gobierno de Tlaxcala en el Periódico Oficial, con restricciones para los diputados locales para hacer uso discrecional del reparto.
El Fondo de acciones para el fortalecimiento al campo consta de 154.5 millones de pesos (MDP) para ser distribuidos en 179 proyectos y acciones para los 60 municipios y al Ejecutor Texoloc (Programa Universal de Fertilizante de acuerdo al PEET 2019), este último con 4.5 MDP, mientras el resto de municipios incluido Texoloc se repartirán la bolsa total.
En los artículos 38 al 40 existen restricciones para los servidores públicos podrán ser beneficiados o intervenir en esta distribución de recursos.
Asimismo, el recurso deberá ser con la firma de convenio entre los presidentes municipales y la Secretaría de Planeación y Finanzas del gobierno de Tlaxcala, toda vez que los municipios aportaran recursos para la adquisición de ganado y animales de traspatio, cursos de capacitación, infraestructura, empero el productor también deberá hacer su inversión en puntos específicos, en tanto, la fecha límite para estas gestiones será el día último del mes de junio.
En tanto, el Fondo para el fortalecimiento de obras y acciones a municipios integra un monto de 250 millones de pesos (MDP), distribuidos en 217 proyectos de obras.
En montos iguales o menores a 10 millones de pesos, estos deberán ser programados para su repartición, previa formalización del convenio entre la Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF) y las administraciones municipales.
Asimismo, la selección de proyectos se realizó bajo criterios designados por el Congreso del estado de Tlaxcala, con la promoción de la participación social en las obras y acciones de las comunidades, a fin de transparentar el ejercicio de los recursos.
Además, que la concurrencia de los recursos del Fondo podría ampliarse en el caso de que las obras y acciones sean compatibles de acuerdo a la normatividad aplicable en la materia y donde el objetivo sea ampliar los beneficios a la población y cuando los recursos etiquetados sean insuficientes para concluir el proyecto.
Igual que el fondo anterior, existen restricciones en los artículos 28 al 30 para la intervención de servidores públicos en la participación y distribución de esos recursos.