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TLAXCALA, Tlax, a 15 de julio de 2019.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) invalidó la convocatoria emitida por el Partido Encuentro Social de Tlaxcala (PEST) para elegir delegados en los 15 distritos electorales locales, al analizar que ésta no fue suficientemente difundida a su militancia, y por constituir en ella requisitos frontalmente contrarios a los estatutos de ese instituto político.
En consecuencia, dejó sin efecto todos los actos derivados de la convocatoria a asambleas distritales para elegir delegados distritales electorales de Tlaxcala, lo que incluye las correspondientes asambleas y nombramientos de delegados y miembros de órganos directivos.
Asimismo, ordenó al PEST para que, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia aprobada, emita y difunda debidamente otra convocatoria para elegir delegados distritales, en la inteligencia de que todo el proceso de elección de los miembros de los órganos directivos del PEST se realizará dentro de los 60 días hábiles
posteriores a la notificación respectiva.
Los magistrados Luis Manuel Muñoz Cuahutle, José Lumbreras Contreras y Miguel Nava Xochitiotzi estimaron contrario a Derecho que, dentro de los requisitos establecidos en la Convocatoria del PEST para poder votar delegados distritales, se condicionara “indebidamente” la participación de simpatizantes, militantes y cuadros, al refrendo de su militancia”.
Y es que dentro de las reglas para hacer propuestas a delegados distritales, se restringió “sin justificación alguna el derecho de los simpatizantes a poder hacer propuestas a delegados, aparte de que se impide, sin razón necesaria para ello, la posibilidad de las distintas clases de miembros para hacer propuestas a delegados en la celebración de la asamblea”.
En lo que se refiere a la difusión de la convocatoria emitida por el PES, los magistrados electorales estimaron que ésta no fue suficientemente difundida, ya que no probó que se hubiera publicado en las llamadas Casas de Encuentro, que son el espacio más cercano creado por el partido para la relación con sus afiliados. Como resultado de lo anterior, “la participación en las asambleas fue, en promedio y en el mejor de los casos, menor al 21 por ciento de los afiliados, circunstancia que revela que los vicios detectados, tanto en la publicación como en los requisitos de la Asambleas, surtió efectos en la concurrencia a las mismas”.
Asimismo, los magistrados observaron que la convocatoria del PEST estableció requisitos de elegibilidad para ser delegado distrital, los cuales son “frontalmente contrarios a los fines, valores y objetivos de los estatutos”, tales como haber sido candidato o candidata del otrora
Partido Encuentro Social (PES), ser o haber sido director de la Casa de Encuentro en Tlaxcala, haber sido representante general o representante de casilla, ser regidor o regidora emanada y haber sido representante general o representante de casilla en la elección constitucional inmediata anterior.
Y es que, contrario a lo establecido en la convocatoria, de los estatutos no se desprende ninguna restricción a los miembros del PEST para poder ser postulados y ser electos como delegados distritales, ni tampoco ninguna autorización para que, por la vía de una convocatoria, pudieran establecerse límites del tipo de que se trata.
Por otra parte, el Pleno del TET vinculó a los ayuntamientos de Ixtacuixtla y Tetla de la Solidaridad, a fin de que reglamenten lo respectivo al funcionamiento de las delegaciones municipales y de los presidentes de comunidad, respectivamente, tal y como lo establece la Ley Municipal del Estado del Tlaxcala. Lo anterior, al resolver los expedientes 032 y 033 de este año.
Finalmente, el Pleno del TET tomó protesta a José Antonio Hidalgo Cote como Contralor Interno del organismo, cargo en el que comenzará a fungir a partir del próximo primero de agosto