La Armada de México es un baluarte de libertad: Claudia Sheinbaum
ACAPULCO, Gro., 18 de mayo de 2017.- Un juez federal concedió un amparo al diputado local con licencia, Saúl Beltrán Orozco, lo que deja sin efecto la orden de aprehensión emitida en su contra por el asesinato de José Antonio Ceferino Gil, subdirector de Catastro del Ayuntamiento de San Miguel Totolapan, en 2014, cuando el priista era alcalde de ese municipio.
El amparo también frena el juicio de procedencia que la Fiscalía General del Estado solicitó al Congreso para quitarle el fuero al legislador señalado de vínculos con el presunto jefe criminal Raybel Jacobo de Almonte, alias El Tequilero.
A través de un comunicado, la defensa de Beltrán Orozco informó que el fallo del juez Jacinto Figueroa Salmorán “establece que existen inconsistencias en la orden de detención que en su momento giró la Juez de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Cuauhtémoc y otros”.
Lo anterior debido a que “no se valoraron la totalidad de las pruebas para determinar la participación del imputado en los hechos, y sólo se fundamentó en testigos que coinciden en que por rumores conocidos en su comunidad saben que Saúl Beltrán presuntamente está implicado en los hechos”.
“Otra inconsistencia, que viola las garantías del inculpado se advierte del análisis de la probable responsabilidad penal que se hizo en la resolución reclamada. De forma genérica la juzgadora señaló que con las testimoniales recabadas en la averiguación previa se acreditaba la participación del activo”, continúa el documento.
El juez federal determinó que la juzgadora de Arcelia “incorrectamente” dio por acreditado el delito de homicidio “por inferencia del resultado de la inspección ocular del lugar donde se encontraron los restos de quien al parecer en vida se llamaba Antonio Ceferino Gil”, y emitió la orden de aprehensión basada en “inferencias e interpretaciones personales que tienen que ser vinculadas a otros medios de prueba”.
Consideró entonces que la jueza incurrió en “vicios formales”, ya que en su resolución expuso argumentos que “no son válidos”, y que “no es congruente su conclusión con la de los dictámenes periciales en los que se apoyó”, además de que al momento de ordenar la aprehensión de Beltrán Orozco no tomó en cuenta la inmunidad constitucional de la que goza por ser diputado local.
El documento evidenció también que en el desarrollo de la investigación contra Saúl Beltrán “se recabaron declaraciones de testigos que resultaron contradictorias y derivadas de rumores, se le negó su derecho a audiencia y de aportar pruebas de descargo, lo que representó violaciones al debido proceso y a su garantía de defensa”.
Por todo lo anterior, el Juzgado Décimo de Distrito de Guerrero ordenó “que se deje insubsistente la orden de aprehensión” que emitió una jueza de Arcelia el pasado 9 de enero de 2017.