Detienen a 7 personas y aseguran 600 kg de droga en cateos en CDMX
MORELIA, Mich., 10 de enero de 2019.- Por reglamento, los vehículos de la policía, ambulancias y bomberos con torreta encendida que acuden a atender tienen derecho de pase.
El reglamento vigente de Tránsito y Movilidad del Estado señala en el capítulo Quinto, de las normas generales de circulación, Artículo 62, apartado 13, lo siguiente:
“Los vehículos de emergencia o de policía tienen derecho de paso cuando circulen con las señales de sonido o luminosas funcionando”, esto para priorizar la reacción de las corporaciones ante cualquier emergencia.
Además, este reglamento estipula que si bien todos los vehículos del servicio oficial están obligados a respetar los lineamientos establecidos en el reglamento, cuando se está dando cobertura a una emergencia pueden no cumplirlo a cabalmente.
El Artículo 75 señala que “los agentes y demás conductores de vehículos oficiales se encuentran obligados a cumplir con todas y cada una de las obligaciones que este Reglamento impone a los particulares, salvo que se encuentren realizando servicios de emergencia”.
Para ceder el paso de vehículos de emergencia se tienen dos opciones: darle el paso por el centro, cuando está parado el tránsito; o pasarse al carril de baja velocidad.
En este sentido fuentes policiales advierten que también tienen reconocido su derecho a no usar cinturón de seguridad, ya que en caso de una confrontación con grupos criminales pueden quedarse atrapados en el interior con el cinturón, exponiendo su vida.