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CIUDAD DE MÉXICO, 7 de septiembre de 2022.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada en la que se determinó la inexistencia de las infracciones consistentes en actos anticipados de precampaña y campaña, respecto de la elección presidencial de 2024, en contra del secretario de Gobernación (Segob), Adán Augusto López, por la difusión de diversas notas periodísticas en medios de comunicación digitales y en redes sociales.
El PRI denunció al secretario de Gobernación al considerar que, mediante las notas compartidas, comunicó que es un probable aspirante a la presidencia de la República. Al respecto, la Sala Regional Especializada determinó inexistentes las violaciones denunciadas.
Por lo que el partido impugnó lo anterior y manifestó, en términos generales, que la responsable no tomó en cuenta los hechos que motivaron la denuncia y el posicionamiento electoral obtenido por el denunciado, por lo cual concluyó que contrariamente a lo resuelto por la Sala Especializada, sí se actualizó la infracción alegada.
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