Sheinbaum presenta presupuesto 2025: completo, balanceado e inclusivo
CIUDAD DE MÉXICO, 19 de abril de 2024.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó una sentencia de amparo relacionada con un juicio familiar en el que un hombre le reclamó a su exconcubina que le pagara una pensión compensatoria y una compensación económica, ya que durante su relación se dedicó a realizar las labores de la casa y del cuidado de su hija e hijo.
Tanto el Juez como la Sala familiares rechazaron su solicitud, porque el señor no demostró que carecía de recursos económicos para satisfacer sus necesidades básicas ni que el desempeño de dichas actividades fuera su principal ocupación durante el concubinato.
El señor no estuvo de acuerdo con esta decisión, por lo que promovió un juicio de amparo directo en el que reclamó la inconstitucionalidad del artículo 342-A del Código Civil para el Estado de Guanajuato, conforme al cual es posible reclamar una compensación económica al término del matrimonio o concubinato.
La nota completa en Quadratín México