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CIUDAD DE MÉXICO, 25 de junio de 2024.-Para autorizar la salida de niñas, niños y adolescentes a visitar en el extranjero al padre que no tiene su guarda y custodia, juezas y jueces del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX) analizan diversos factores antes de emitir su fallo.
Por ejemplo, que no se trate de un país en guerra, la edad, el itinerario, porque por encima del deseo del padre o madre solicitante está el interés superior del menor.
Así lo subrayó la jueza Noveno Familiar del órgano judicial capitalino, Josefa del Carmen Franco Corral, quien enfatizó que solo en caso de desacuerdo con la salida del menor de edad al extranjero por parte del progenitor que ostenta la guarda y custodia, las y los impartidores de justicia tienen la facultad de resolver sobre la autorización correspondiente.
Explicó que el régimen de visitas internacionales se rige por lo estipulado en la Convención de La Haya, de la cual el Estado mexicano es parte, y cuya finalidad es mantener la relación ya sea materno o paterno filial de un menor de edad con aquel de sus progenitores que no tiene la guarda y custodia y que se encuentra en otro país.
Precisó que, en los casos de desacuerdo, el progenitor solicitante de la visita en el extranjero no debe tramitar directamente la autorización ante el juez familiar del PJCDMX, sino a través de las autoridades centrales de cada país, que en el caso de México es la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), a la cual llega la solicitud y la canaliza a uno de 10 juzgados familiares del órgano judicial capitalino con esa jurisdicción.
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