Mando coordinado asegura a 5 personas en Zacatelco
MORELIA, Mich., 20 de junio de 2018.- Una reforma al artículo 12 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres para establecer como causa de incapacidad para fines laborales, la violencia que se ejerza en contra de mujeres y requiera atención en refugios, propuso la diputada Adriana Hernández Íñiguez.
En su exposición de motivos señaló que un problema que se presenta para las solicitantes del servicio de los refugios consiste en ajustar su vida laboral conforme a su estancia en uno de estos lugares, la cual no puede exceder de un tiempo determinado, a menos que haya razones que justifiquen lo contrario.
Esto ocurre porque al estar fuera de sus hogares, las mujeres ven alterada su vida cotidiana, a tal grado que, en ocasiones, puede presentarse la posibilidad de que se ausenten de sus labores hasta en tanto sanen las heridas, físicas o sicológicas, causadas por la violencia ejercida en su contra.
La problemática se agrava si se considera que, de conformidad con la legislación laboral, solo es posible ausentarse de los centros de trabajo cuando medie una enfermedad, una licencia, un permiso o un descanso, dependiendo de cada caso concreto.
Sin embargo, las normas aplicables a este respecto no contemplan el supuesto de ausencia en los casos de mujeres sujetas a violencia y que, por esa misma causa, deban permanecer resguardadas en un refugio.
La solución la proporciona el Programa Integral Para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018, el cual plantea como una línea de acción promover como causa de incapacidad para fines laborales, el reconocimiento de la violencia que requiera atención en refugios.
Tal medida es plausible, toda vez que contribuye a que las mujeres sean atendidas en los refugios sin que deban temer por la aplicación de alguna sanción como resultado de su ausencia en sus centros de trabajo, indicó la legisladora.