Claudia Sheinbaum presenta CADERR como eje económico del Plan México
CIUDAD DE MÉXICO, 17 de enero de 2020.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 2020, con el objetivo de brindar un mejor entendimiento para su ejecución con base en los criterios de austeridad del Gobierno de México.
El Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria forma parte del tercer eje del Plan Nacional de Desarrollo 2019-202, el cual tiene como fin asegurar la autosuficiencia alimentaria y el rescate del campo.
El Plan especifica que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), tiene el objetivo de preservar y mejorar las condiciones sanitarias y de inocuidad de los alimentos que se producen en México.
Como instancia de seguridad nacional, ejecuta proyectos prioritarios de vigilancia epidemiológica e inspección en la importación y movilización nacional e internacional de productos agropecuarios, así como campañas fito y zoosanitarias en materia agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera.
El Programa contribuye a mantener y mejorar la sanidad del patrimonio agroalimentario, acuícola y pesquero del país y procura la eficiencia en el gasto de los recursos, principalmente para proteger al sector más vulnerable.
Está integrado por cinco componentes: Vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades que afectan la producción agrícola y pecuaria; Inspección de mercancías reguladas por Agricultura; Campañas fito y zoosanitarias; Inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, y Soporte a la sanidad e inocuidad.
Tiene como fin promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante la ejecución de proyectos en las zonas o regiones para prevenir y controlar plagas y enfermedades que afectan a la agricultura, ganadería, acuacultura y pesca nacional, así como promover la aplicación de sistemas de inocuidad en la producción de alimentos.
La cobertura del Programa es nacional y su aplicación será dirigida a las zonas o regiones del país que requieren de la ejecución de medidas para contribuir a la protección, mantenimiento o mejora de las condiciones sanitarias y de inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera.
El Programa se encuentra sujeto al presupuesto autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020. Para su utilización, el Senasica designará una instancia ejecutora de los recursos mediante cuentas productivas específicas por cada proyecto, las cuales deberán mantener disponibilidad permanente de los recursos para la ejecución de las acciones consideradas en los Programas de Trabajo, Plan Anual de Trabajo, Programa Operativo o en un Anexo Técnico.
Los recursos que la Federación otorga para el Programa podrán ser auditados por la Secretaría de la Función Pública, los órganos Interno de Control de la Secretaría y el Senasica, los órganos Estatales de Control, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Auditoría Superior de la Federación.
El organismo de Agricultura, de manera coordinada con el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), deberá elaborar evaluaciones finales por componente de cada ejercicio, con la finalidad de identificar los objetivos alcanzados, el cumplimiento de las metas, el adecuado ejercicio de los recursos y los impactos logrados.
El Senasica podrá autorizar la adquisición de equipo de laboratorio con recurso federal, lo cual deberá preverse en los Programas de Trabajo, Programas Operativos, Planes de Trabajo y demás instrumentos jurídicos que se suscriban para la ejecución del Programa, y sujetarse a las prioridades nacionales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Las Reglas de Operación están disponibles para su consulta en la dirección electrónica https://www.gob.mx/senasica/documentos/acuerdo-por-el-que-se-dan-a-conocer-las-reglas-de-operacion-del-programa-de-sanidad-e-inocuidad-agroalimentaria?state=published