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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de octubre de 2020. — La Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (ONU-DH) han tomado nota con preocupación de la aprobación por parte de la Cámara de Diputados de la eliminación del Fideicomiso del Fondo para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, destinado a implementar medidas para proteger a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas en riesgo como consecuencia de su labor.
Por medio de un pronunciamiento en conjunto publicado este jueves tras la determinación de los legisladores de la Cámara de Diputados, las mencionadas instituciones recuerdan que quienes defienden los derechos humanos y ejercen la libertad de expresión en México enfrentan una situación de riesgo marcada por la violencia y las amenazas.
De acuerdo con el Observatorio de Asesinatos de Periodistas de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)1, México es el segundo país del mundo con un mayor número de periodistas asesinados, sólo detrás de Irak. Durante los años 2019 y 2020, México concentra 18 de los 96 casos de asesinatos de periodistas registrados por la UNESCO en dicho periodo.
En 2019, la ONU-DH documentó un total de 20 asesinatos de personas defensoras de derechos humanos y la desaparición de dos defensores; mientras que en lo que va del año la ONU-DH ha documentado el asesinato de 7 personas defensoras de derechos humanos.
Esta situación y su impacto para el disfrute de los derechos humanos y el ejercicio de la libertad de expresión han sido objeto de atención prioritaria por parte de los organismos internacionales de derechos humanos y la comunidad internacional.
Así, Mexico ha recibido al menos 425 recomendaciones realizadas por 27 organismos e instancias de derechos humanos del Sistema Universal y del Sistema Interamericano, relacionadas con la situación del ejercicio del derecho a defender derechos humanos y la libertad de expresión2 .
Sólo en 2018 los países participantes en el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de la ONU realizaron 21 recomendaciones a México relativas al Mecanismo de Protección, 17 de ellas relacionadas con la necesidad de dotar al mismo de los recursos adecuados para garantizar su eficacia.
En este contexto, la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, elaborada con participación de la sociedad civil, ha sido la principal respuesta institucional a esta situación de violencia y constituye un marco normativo para que el Estado cumpla con sus obligaciones de proteger, promover y garantizar la libertad de expresión y el derecho a defender derechos humanos en México.
Las expresiones públicas de la CNDH y ONU-DH han destacado la necesidad de garantizar la rapidez, flexibilidad y adaptación a las circunstancias de cada caso en la decisión e implementación de medidas de protección.
En este sentido, el actual fideicomiso, Fondo para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, ha demostrado ser un instrumento útil para contribuir a la rápida implementación de las medidas de protección en casos de extrema urgencia en todo el país.
Sobre esta base, FMOPDH, CNDH y ONU-DH llaman a garantizar los derechos de periodistas y personas defensoras de derechos humanos hasta el máximo uso de recursos disponibles para que cualquier reforma a este marco legal garantice que se mantengan o se fortalezcan estas características.
Por ello dichas instituciones observan con preocupación que el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados no aborde estos aspectos y elimine el Fideicomiso sin proponer alternativas de garantía presupuestaria para la rápida y eficaz implementación de las medidas de protección a quienes enfrentan graves riesgos para su vida e integridad por ejercer la libertad de expresión o el derecho a defender derechos humanos.
Además, FMOPDH, CNDH y ONU-DH destacan que, en el caso del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a víctimas previsto en la Ley General de Víctimas, cualquier reforma al mismo debería realizarse con la efectiva participación de las víctimas, evitando cualquier riesgo de desprotección a las mismas y partiendo del diagnóstico sobre los problemas que existan actualmente en relación con la garantía de los derechos de las víctimas y la forma de abordarlos.
FMOPDH, CNDH y ONU-DH recuerdan que es obligación del Estado mexicano garantizar la atención a las víctimas del delito y las violaciones de derechos humanos, así como la reparación integral del daño a quienes sufrieron violaciones de derechos humanos.
Las instituciones firmantes de este pronunciamiento comparten estas consideraciones para contribuir al profundo análisis que corresponde realizar al Senado de la República sobre la minuta aprobada por la Cámara de Diputados, que se beneficiaría con la convocatoria de una participación amplia en el proceso de dictamen, hacia el objetivo compartido de valorar y prevenir posibles consecuencias negativas sobre la vigencia y protección efectiva de los derechos humanos.