FGJ capacita a servidores del Tribunal Electoral en perspectiva de género
TLAXCALA, Tlax., 05 de Junio de 2018.- El magistrado del Tribunal de Superior de Justicia del estado, Mario Antonio Jesús Jiménez Martínez, le corrigió la plana a la jueza tercero de control y jucio oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, y resolvió revocar la vinculación a proceso respecto a los delitos denunciados por la Comisionada Marlene Alonso Meneses en contra de los Comisionados José David Cabrera Canales y José Francisco Morones Servín.
El Magistrado determinó también que el Congreso del estado no tiene facultades para tomar la protesta de ley a cada presidente del Consejo General del IAIP, es decir, el presidente de este aautónomo será designado por los propios comisionados.
Y concluyó que el actuar de los Comisionados David Cabrera y Francisco Morones fue conforme al artículo 28, Fracción VI del Código Penal del Estado, por el cumplimiento de un deber, el cual señala que “la acción o la omisión se realice en cumplimiento de un deber jurídico o un ejercicio de un derecho, siempre que exista la necesidad racional de la conducta empleada para cumplirlo o ejercerlo”.
Asentado en el expediente T.P.S.A.A. y 0 33/2018-3, el magistrado Jiménez Martínez resolvió la apelación interpuesta por los Comisionados integrantes del Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala (IaipTlax) José David Cabrera y Francisco Morones en contra del proceso dictado en fecha de cinco de mayo de 2018, por la jueza tercero de control y de juicio oral del distrito judicial de Guridi y Alcocer, en la causa judicial 69/2018.
Y una vez que la autoridad judicial analizó el proceso, concluyó que el IaipTlax es un órgano autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con plena autonomía jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna.
Asimismo, el magistrado al citar el Artículo 6 lo que dice la carta magna, al señalar los lineamientos sobre los cuales deben funcionar los organismos autónomos en materia de transparencia señala que “el Comisionado Presidente será designado por los propios comisionados” y en ese sentido concluye que no será el Congreso quien debe tomar protesta al Presidente del Consejo.
Por otra parte, al analizar el actuar de los Comisionados ante la acción que ejecutar al remover del cargo a la Presidenta Marlene Alonso Meneses, el magistrado determinó que en ningún momento existió alguna violación a la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública del estado de Tlaxcala.
Ya que los imputados, David Cabrera y Francisco Morones no removieron del cargo de Comisionada a Marlene Alonso, sino únicamente del cargo de presidenta, “bajo el argumento de que la Presidenta bajo el argumento de que la Comisionada Presidenta estaba tomando decisiones unilaterales e ilegales, así como supuestas irregularidades en las que estaba incurriendo”, tal y como está asentado en el acta levantada del hecho.
Por todo lo anterior, el magistrado revoca la resolución dictada por la Juez tercero de control y de juicio oral del distrito judicial de Guridi y Alcocer que vincula a proceso a los dos comisionados del Iaiptlax, Jose David Cabrera Canales y José Francisco Morones Servín por su probable participación en los hechos delictivos de ejercicio indebido del servicio público y coalición de servidores públicos.
Y dictamina “razones por las cuales, lo procedente es emitir en su favor auto de no vinculación a proceso”