Morena cumple 13 años en Tlaxcala y mantiene organización: Rivera
TLAXCALA, Tlax., 14 de noviembre de 2017.- Con la finalidad de que no se vulneren los derechos de los trabajadores y que no sean obligados o presionados en ningún sentido, para que se respete su empleo y sus prestaciones laborales que se encuentran garantizadas en la constitución y en la leyes, el coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), Carlos Morales Badillo, propuso en la máxima tribuna adicionar el décimo párrafo del artículo 20 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala.
Dicha iniciativa pretende privilegiar la oralidad en los procedimientos del orden civil y familiar como un eje rector que fortalezca la diligencia y profesionalización de los impartidores de justicia y de los profesionales en derecho que represente a las partes en los procedimientos y juicios que tengan como base la oralidad.
De acuerdo a la exposición de motivos, el legislador de extracción panista Carlos Morales, consideró importante agilizar el procedimiento y con ello garantizar los derechos establecidos en la Carta Magna, ya que se pretende que los órganos jurisdiccionales se enfoquen más en la solución de conflictos, que en las posibles irregularidades de forma que no afecten el debido proceso.
“La importancia de incorporar este decimo párrafo al artículo 20 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala es motivada bajo el argumento de que en los procedimientos y juicios que deben de desahogarse de manera oral, otorga la posibilidad de que las actuaciones consten por cualquier medio cierto de su contenido y que esto no se considere como acto de molestia o falta de motivación o fundamentación”.
De aprobarse la modificación al artículo 20 quedaría de la siguiente forma “siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, en los cuales bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo, de conformidad con la legislación única en materia civil y familiar que emita el Congreso de la Unión.
El legislador Morales Badillo, refirió que la protección judicial, es un derecho previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumento internacional que vincula al Estado Mexicano desde el 24 de marzo de 1981 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 1981.
“Toda persona tienen derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso ante los jueces o tribunales competentes, que la amparen contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales”.
Morales Badillo, sostuvo que “El Estado en cuanto a la protección del derecho a la estabilidad laboral, en el ámbito privado, se traduce en deberes específicos para el estado en cuanto al despido improcedente por parte de la empresa, debe de establecer las medidas necesarias para proteger la estabilidad en el empleo de los trabajadores”.
Agregó, la importancia de que los países que integran el Tratado Internacional aseguren la estabilidad en el empleo de todos los trabajadores que se desempeñan en el sector privado como el en sector público
De ahí que sostuvo que los legisladores del PAN impulsarán a través de los diputados federales iniciativas ante el Congreso de la Unión a efecto de garantizar a todos los trabajadores que sean respetados y asegurados sus derechos laborales.
La iniciativa fue turnada a su expediente parlamentario para su estudio análisis y dictamen correspondiente.




