Da comienzo el Proceso Electoral Federal 2020-2021
TLAXCALA, Tlax., 28 de junio de 2018.- Al revocar el resolutivo emitido por la Junta Distrital 02 del Instituto Nacional Electoral (INE) con sede en la capital, quien le negó reposición de la credencial, magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), avalaron a una cuidadana tlaxcalteca para emitir su voto en la jornada electoral del próximo domingo, presentando solamente copia de su credencial y copia del fallo del tribunal.
Al presentar la ponencia, la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, aseguró “no se puede negar el derecho a votar y ser votado, razón por la cual no precede la negativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral”, hecha por conducto del Vocal respectivo de la 02 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado de Tlaxcala, en el sentido de declarar improcedente la solicitud de expedición de credencial para votar bajo el argumento de que el trámite de reimpresión y reposición de la credencial de la ciudadana Karla Michelle de León Torres, se hizo de manera extemporánea.
En este sentido, acordaron revocar la sentencia de la Junta Distrital con cabecera en la ciudad, además facultaron a la actora para poder emitir su voto el próximo domingo y elegir Presidente de la República, senadores, diputados federales y diputados locales.
El Magistrado Presidente de la Sala Regional del TEPJF, con sede en la Ciudad de México, Armando Isamael Maitret Hernández, explicó que la tlaxcalteca sólo deberá presentar copia certificada del resolutivo de la sentencia acompañada de copia de la credencial para votar, la cual deberá ser aceptada por el Presidente y Secretaría de la Mesa Directiva de Casilla para que, en términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, le sea permitido votar.
Además, deben agregar el nombre de la ciudadana a la Lista Nominal de Electores y registre esta circunstancia en la hoja de incidencias respectiva y retenga la copia certificada del resolutivo del TEPJF, anexándola a la bolsa donde se guarde la referida lista nominal.
Confirman improcedencia de actos anticipados de campaña de Enrique Padilla
Por otro lado, los magistrados confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Tlaxcala, en el juicio TET-JE-042/2018, desechando la queja relativa a la posible comisión de actos anticipados de campaña atribuidos al priista Enrique Padilla Sánchez, candidato a diputado local por el séptimo distrito.
Así desecharon el recurso presentado por el abanderado a diputado local por la Coaliación “Por Tlaxcala al Frente”, Serafín Ortiz Ortiz y lo consideraron improcedente e infundado.