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TLAXCALA, Tlax., 06 de Abril de 2018.- Una demanda colectiva ganada por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), podrá beneficiar a consumidores del país, incluido Tlaxcala, por abusos cometidos por la empresa de telecomunicaciones Nextel, hoy AT&T, desde 2012, tras la sentencia histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Información oficial de la dependencia federal, indicó que la citada empresa cometió cobros indebidos en servicios de radiocomunicación móvil. AT&T fusionó a sus filas a Nextel y le tocará ahora enfrentar la prosecución del litigio.
La Profeco consideró “histórica” la sentencia, en virtud de que desde la regulación del Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles denominado “De las Acciones Colectivas”, ninguno de los legitimados para promover acciones colectivas, han logrado una sentencia favorable de carácter colectivo en favor de las personas a quienes representan.
La sentencia favorable podrá beneficiar a los consumidores que de acuerdo a informes de la compañía telefónica y proporcionados al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), durante el año 2012, tenía en su registro de clientes aproximadamente 3.5 millones de usuarios.
La Procuraduría Federal del Consumidor a través de la subprocuraduría jurídica, en el año 2013, promovió una acción colectiva en contra de las empresas NII Telecom, S. de R. L. de C. V., Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, S. de R.L. de C.V., Delta Comunicaciones Digitales, S. de R. L. de C. V., Inversiones Nextel de México, S. de R.L. de C.V.; Comunicaciones Nextel de México, S. de R.L. de C.V; y NII Digital S. de R.L. de C.V., todas conocidas anteriormente como “Nextel”, ahora “AT&T”, y agotadas todas sus etapas procesales, se tiene sentencia firme, que ha causado estado en favor de los consumidores.
AT&T realizó a partir de 2012, conductas que ocasionaron daños y perjuicios a diversos consumidores-usuarios en pospago y prepago de los servicios de radiocomunicación móvil especializada en flotillas, transmisión bidireccional de datos en cualquiera de sus modalidades, de acceso inalámbrico fijo o móvil, radio conferencia y radio internacional con los Estados Unidos, Argentina, Brasil, Perú, Chile (Radio Evolución), en virtud de que realizó cobros indebidos a los usuarios por servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos, por servicios adicionales cancelados, por ajustes y cobro de tarifas sin aclaración o previo aviso y aceptación expresa, escrita o vía electrónica de los consumidores usuarios.