Mujer pierde la vida tras ser atropellada en Amaxac
TLAXCALA, Tlax., 16 de marzo de 2023.- Por mayoría de votos, los integrantes de la 64 Legislatura del Congreso local anularon del Código Penal el delito de ultraje a la autoridad al ser considerado como una descripción imprecisa que constituye a un tipo de penal abierto a interpretaciones arbitrarias.
En la exposición de motivos, los legisladores señalaron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que el delito de ultraje puede incluir la imputación de hechos falsos o la formulación de juicios de valor respecto a la víctima.
Asimismo, señalaron que la SCJN, al resolver los amparos 2255/2015 y 4436/2015, determinó que el tipo penal de ultrajes a la autoridad es inconstitucional “porque resulta ser un enunciado ‘abierto’ en un ‘grado’ inadmisible, al estar definida la conducta sancionable únicamente con el verbo ‘ultrajar’ sin incluir ninguna otra precisión”.
Por otra parte, explicaron que la tipificación de ultraje también se presta para limitar el derecho humano a la libre expresión según lo expuesto por juicios de derecho internacional.
incluso señalan que ningún gobierno democrático puede establecer un “garrote jurídico-penal” para que se castiguen con pena de prisión o multa a quienes realizan críticas, exigencias o reclamos a las autoridades, pues aseguran que se trata de manifestaciones amparadas por los derechos constitucionales y convencionales, siempre que no impliquen conductas violentas o que inciten a la violencia o al discurso de odio.
En ese sentido, consideraron pertinente derogar el artículo 138 del Código Penal local que tipificaba el ultraje a la autoridad.