No nos echamos para atrás, no vamos a fallar, dice Luis Antonio Herrera
TLAXCALA, Tlax., 12 de marzo de 2020.- informacion recabada por Quadratín Tlaxcala demuestran que los supuestos hechos de corrupción de los que se le acusa al edil de Huamantla, Jorge Sánchez Jasso, están faltos de elocuencia y descontextualizan los datos, alterándolos en su redacción para conformar una serie de aseveraciones sin fundamentos cuyo objetivo es desacteditar la gestión del alcalde priista de Huamantla.
En la primera acusación que lleva el nombre de “CAPAMH”, se asegura por parte de los denunciantes que el ex director general de la comisión dejó, previo a ser destituido y relevado por Guillermo Quiroz Bello, la cantidad de 3 millones de pesos en cuentas en el banco que eran parte de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Huamantla (CAPAMH).
Sin embargo, la información recabada por Quadratín indica que no existió dicha cantidad previo y durante el cambio de titular de comisión, ya que la cantidad exacta existente en las cuentas bancarias durante el periodo 2016-2017 fue menor; siendo el saldo total exacto de un millón 524 mil 200 pesos.
Lo anterior con base en documentación de las actas de asamblea del honorable consejo de la CAPAMH con número de escritura 75951, volumen 846 firmada ante notario público que demuestran que la cantidad antes mencionada era del conocimiento del anterior director de la comisión, por lo que no puede existir omisión ni desconocimiento del hecho, ni mucho menos una afirmación de que la cantidad fuera de 3 millones de pesos.
Sumado a ese comprobatorio están los estados de cuenta expedidos por BANORTE; el primero indica que al 31 de diciembre del 2016 en la cuenta 0215572396 a nombre de la CAPAMH existía la cantidad de 533 mil 309.37 pesos. El otro número de cuenta a nombre de la misma comisión con número 0216852125 y con corte de la misma fecha que el anterior, indicó que contaba con la cantidad de 990 mil 896.56 pesos; lo que da el total de un millón 524 mil 205.93 pesos.
Respecto a la acusación denominada “Posible Desviación de Recursos Públicos en el Ejercicio Fiscal 2017”, Quadratín obtuvo información oficial del gobierno municipal del alcalde huamantleco presentada en una de la audiencias ante el Congreso del Estado, en donde se pone en evidencia la violación de sus derechos humanos de seguridad Jurídica, el debido proceso, la igualdad entre partes y la legalidad de la denuncia; pues la comisión especial de juicio político cometió el error de solicitar información financiera ante el Órgano de Fiscalización del Congreso del Estado respecto a la cuenta pública del 2018, lo que en la denuncia no está establecido.
Dicha torpeza por parte de la comisión de juicio político, debe conllevar a aplicar la Nulidad de la Prueba que establece el artículo 264 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual indica que se “considerará prueba ilícita cualquier dato o prueba obtenidos con violación a los derecho fundamentales”.
Sobre “los posibles desvíos de recursos públicos del ejercicio fiscal 2017”, el Órgano de Fiscalización Superior a través del oficio OFS/0167/2020 del 24 de enero del presente año, expone sus respectivas reservas legales al no hacer ningún señalamiento directo a Sánchez Jasso sobre un incumplimiento de sus funciones como funcionario público, por lo que no le finca ninguna responsabilidad, a demás de que no existe señalamiento en su contra ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala; por lo que en conclusión no existen elementos de tipicidad por los que la Comisión Especial pueda determinar responsabilidad a través de las que se le pueda atribuir una falta que justifique la procedencia de juicio político.
Cabe hacer mención que ha medida de que van avanzado las audiencias aclaratorias y de defensa que ha tenido el edil ante los diputados y la comisión encargada de desarrollar el proceso en su contra, se han ido aclarando las acusaciones de supuestas faltas de pagos y comprobación de facturas en obras públicas, por lo que hasta la fecha siguen en análisis para sus respectivas conclusiones.