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TLAXCALA, Tlax., 20 de febrero de 2023.- El Protocolo de Actuación Policial para Prevenir y Atender Casos de Linchamientos en Tlaxcala recientemente publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, permite a las fuerzas de seguridad el uso de armas letales para repeler y contrarrestar ataques.
En el documento se reconoce que, pese a los esfuerzos que se han emprendido para garantizar la paz social y mantener los índices delictivos a la baja, se han presentado actos violentos cometidos por multitudes que han culminado con la privación de la vida de personas o personas lesionadas en diferentes comunidades del estado.
Basado en normatividad internacional, nacional y estatal, el protocolo establece las líneas de acción coordinadas que se ejecutarán con la Secretaría de Gobierno (Segob), Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), así como con las Direcciones de Seguridad Pública Municipal para prevenir y atender los casos de linchamientos.
El protocolo enmarca la protección de los derechos humanos, destacándose que en todo momento las fuerzas policiales deben respetar los derechos de las personas que intervienen directa o indirectamente en el intento de linchamiento observando los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución, además de tomar en cuenta la perspectiva de género en los casos que sea necesario.
Asimismo, se priorizará la vida e integridad de las personas que integran a las agrupaciones policiales que participen en el operativo de atención y prevención del linchamiento.
Cabe destacar que en el protocolo se establecen tres anillos que regirán el actuar de las fuerzas de seguridad.
El primer anillo indica que “los elementos policiales deberán constituirse en el lugar de los hechos y emplear los dos primeros niveles del uso de la fuerza conforme lo establecido en el artículo 11, de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, asimismo se designará a una persona negociadora con la finalidad de disuadir a las personas de cometer el linchamiento y que realicen la entrega voluntaria de la o las personas retenidas, si la multitud no quisiera negociar con el elemento designado. Si con motivo de los diálogos se llega al acuerdo de hacer la entrega de la o las personas retenidas, se realizará el procedimiento jurídico-administrativo correspondiente a fin de que las personas detenidas sean puestos a disposición ante la autoridad competente de manera inmediata; exhortando a las partes afectadas a realizar la denuncia correspondiente”.
El segundo anillo marca el actuar de los elementos de seguridad en caso de no haber existido acuerdos para recuperar a las personas retenidas y explica que la extracción se realizará mediante las técnicas y tácticas policiales, pudiendo hacer uso de armas incapacitantes menos letales conforme al artículo 15 fracción primera sobre la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza para dispersar a la multitud y facilitar el rescate de las personas retenidas privilegiando su atención médica.
El Tercer anillo hace mención sobre el incremento de policías en la zona del conflicto, quienes deberán portar armas letales y posicionarse a una distancia de 70 metros de donde se encuentre la multitud, solo podrán hacer uso de la fuerza letal de conformidad a lo establecido en el artículo 11 fracción de la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza, cuando existan amenazas letales y la resistencia sea real, actual o inminente.
Se precisa que el uso de las armas letales solo será cuando “se registre un ataque con arma de fuego por parte de personas que integren el conflicto o ajenas a ellas, los elementos policiales, actuando bajo el principio de absoluta necesidad, podrán repeler la agresión mediante el uso de armas letales”.
Cabe señalar que el Protocolo de Actuación Policial para Prevenir y Atender Casos de Linchamientos abonan al Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027 cuyo objetivo es “fortalecer al estado para garantizar el derecho de los individuos a una vida plena, de paz, libertad, democracia y armonía; donde la participación ciudadana, fomente la cohesión del tejido social y detone la regeneración ética de la sociedad y de las instituciones públicas, además de salvaguardar la integridad de las personas, mediante la prevención de cualquier modalidad de violencia, procurando la justicia de manera pronta, expedita y apegada a derecho”.