Nuevamente este año superan SESESP y SEDENA meta de canje de armas
Se impuso el derecho y la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiró a la borda las impugnaciones de legisladores del PRD y Morena, que habían promovido cambios a la Ley de Derecho de Réplica, proyecto que fue rechazado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, académicos de la UNAM y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos por atentar contra la libertad de expresión.
Ayer los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinaron por unanimidad que tanto la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), como los partidos políticos pueden impugnar la ley del derecho de réplica aunque ésta no tenga carácter electoral.
Votaron en contra los ministros Javier Laynez Potisek, Eduardo Medina Mora y Jorge Mario Pardo Rebolledo porque afirmaron que los partidos políticos sólo pueden impugnar normas de carácter electoral.
De cualquier forma, el Pleno admitió el análisis de los argumentos de la CNDH, PRD y Morena.
El documento propuesto por la SCJN, propone eliminar los conceptos de información falsa o inexacta de los requisitos de la ley para ejercer el derecho de réplica. Al término de la sesión echó abajo dichos conceptos, y con ello se salvó la libertad de expresión.
Aunque la ministra Norma Lucía Piña Hernández votó a favor para que los partidos puedan impugnar estas normas de carácter general, adelantó que votaría en contra de la propuesta de eliminar los requisitos de información falsa o inexacta.
La cuestión fue dirimida hoy, a favor de la libertad de expresión contra los requerimientos de perredistas y morenistas.
Quadratín preguntó a dos mujeres periodistas su opinión sobre la determinación que se tome en la SCJN. La periodista de La Jornada de Oriente, premio estatal de periodismo Miguel N. Lira, en julio de este año, Guadalupe de la Luz de Gante, expresó al respecto:
“Cualquier tipo de agresión contra la libertad de expresión y de prensa, es reprobable; no se puede ni debe permitir. La pretensión de reformar la Ley de Derecho de Réplica en los términos expuestos, en nada abona al fortalecimiento de este derecho, de por sí ya depreciado.
“El tema requiere de un amplio debate que involucre no sólo a quienes ejercemos el periodismo sino a todos los sectores de la sociedad. ¿A quiénes conviene la modificación propuesta?; sólo a aquellos personajes que, con fuero o sin él, cometen actos de dudosa legalidad.
“Habría que poner sobre la mesa de discusión si las condiciones actuales de este país, cada vez más violentas, dan paso a una reforma de esta magnitud. De ser aprobada, se aguzaría el clima de riesgo en el que de por sí ya laboran las y los periodistas.
“La pretensión es cuestionable, porque restringe ampliamente la libertad de prensa y de expresión. Sin duda transgrede derechos reconocidos con esfuerzos. Siembra temor y desconfianza.
Antes de la determinación adoptada por la SCJN, María Dolores Mercado Juárez, premio estatal de periodismo de derechos humanos, reportera del diario Síntesis, comentó:
“El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene el reto de evitar que haya restricciones al derecho fundamental de la libre expresión que, considero, está amenazado por la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, quien pretende suprimir nueve artículos a la Ley que regula lo establecido en el sexto constitucional.
“Es un retroceso establecer legalmente que debe aceptarse y publicarse una réplica a pesar de que lo afirmado por el reportero (a) —con el respaldo del medio— constituya un hecho verídico. Es ampliamente probable que algunas dosis de realidad pongan entredicho la honorabilidad de personas (lo mismo servidores públicos que representantes populares), si sus acciones tienden a utilizar métodos poco lícitos para lograr sus objetivos, como lamentablemente sucede en nuestro país.
“Estamos hablando de que las investigaciones que pongan al descubierto casos de corrupción, por decir algo, que contribuyan a la construcción de una sociedad informada, podrían replicarse a pesar de exhibir pruebas de la implicación de una persona, cuya reputación inevitablemente se vería afectada.
“De avalarse la reforma a la Ley reglamentaria al Derecho de Réplica y ampliar las facultades del Poder Judicial de la Federación, probablemente se coloque en el banquillo de los acusados a las personas equivocadas: los periodistas”.
Sin embargo, hay opiniones –como la del comunicador Wenceslao Amezcua- para que se limite la libertad de expresión de aquellos periodistas que, sin ética profesional de por medio, y sin pruebas que lo acrediten, difunden versiones que desprestigian a quienes no logran demostrar que estén implicadas en los hechos que les atribuyen.
Sin embargo, hay opiniones –como la del comunicador y escritor Wenceslao Amezcua- para que se limite la libertad de expresión de aquellos periodistas que, sin ética profesional de por medio, y sin pruebas que lo acrediten, difunden versiones que desprestigian a quienes no logran demostrar que estén implicadas en los hechos que les atribuyen.
El caso emblemático más reciente, el del dirigente nacional del PAN, Ricardo Anaya Cortés, quien ha tenido el derecho de réplica para explicar que sus tres hijos viven en una casa ubicada en el elegante barrio de Atlanta, Bishop Lake Road y estudian inglés en esa ciudad en un programa que durará los próximos 8 meses y que la renta de la casa, de 814 mil pesos anuales, la colegiatura de sus hijos y el costo de sus viajes para convivir con la familia, suman 4 millones 487 mil pesos.
Explicó que su esposa y él reciben 353 mil pesos mensuales por la renta de inmuebles comerciales en Querétaro de varias empresas, él gana 48 mil pesos mensuales en su calidad de líder panista, su esposa 50 mil pesos como administradora de los espacios comerciales e industriales de su familia y las acciones de ambos en dos empresas de la familia de su esposa, dan para sufragar tales costos.
Lupita de la Luz de Gante, comentó al respecto:
“Los periodistas estamos obligados a verificar información, máxime en casos delicados como aquellos que evidencian corrupción. Los trabajos realizados con ética profesional difícilmente serán refutados, por el contrario dan credibilidad al reportero. Recuerdo cuando usted y el maestro Rogelio pusieron como ejemplo las investigaciones de José Reveles, pues están bien sustentadas y eso lo expone menos a ciertos riesgos. Además debemos tener en cuenta que al realizar señalamientos sin fundamento, también podemos vulnerar derechos, como la dignidad y la vida privada”.
Lolita Mercado Juárez, también tuvo su postura, bien definida:
“Entiendo el punto y concuerdo en que las aclaraciones no serían necesarias si los comunicadores nos apegáramos estrictamente al ejercicio responsable de la profesión.
En Tlaxcala –refirió- no se ha registrado caso alguno en el que el derecho de réplica no se haya observado, en gran medida porque las aclaraciones que se reciben -sobre todo en medios impresos- son en torno a una cifra inexacta o una declaración que se descontextualizó, nada que haya evidenciado corrupción o casos similares; “me atrevo a sugerir que son casos en los que no ha habido dolo de parte del informador”.
“Debo mencionar que por comentarios de algunos servidores públicos, los errores se detectan de manera frecuente en portales de Internet, pero van en el sentido ya comentado. Son pocas las cartas aclaratorias que llegan a publicarse, porque tal pareciera que los agraviados prefieren pasar de largo el “incidente” antes que enfrascarse en una discusión en papel.
“En 2013 el director del portal e-consulta, Martín Ruíz fue detenido por la Policía Ministerial por la denuncia que presentó el Oficial Mayor de Gobierno, Ubaldo Velasco, a quien el periodista llamó “viejito” y “mediocre” en la columna “Señorío Tlaxcalteca”, el delito que se le imputó fue el de difamación, pero ahí no medió ninguna solicitud de réplica.
“Es el caso más sonado”.