Kuri asegura coordinación federal para Academia Policial en Querétaro
TLAXCALA, Tlax., 29 de agosto de 2026.- El 6 de diciembre arrancará el proceso electoral ordinario 2026-2027 previo a la Jornada Electoral del 6 de junio de 2027, y concluirá con la declaratoria de validez que realicen los órganos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) y/o hasta la última resolución jurisdiccional sobre actos impugnados.
Este proceso electoral ordinario arranca en el mes de diciembre porque la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala (LIPPET), establece que las actividades de preparación deben iniciar con seis meses de anticipación a las votaciones.
Para ello, los diputados de la 65 Legislatura local aprobaron una reforma a la LIPEET, para definir los tiempos del arranque del proceso electoral ordinario 2026-2027, así como el plazo de registro para las candidaturas.
Así, el registro para candidaturas a la gubernatura de Tlaxcala y diputaciones será del 1 al 8 de marzo de 2027.
En tanto, del 17 al 31 de marzo será el periodo de registro para las candidaturas de presidentes municipales e integrantes de Ayuntamientos, al igual que para presidencias de comunidad.
En cuanto a la documentación para estos registros tuvo una simplificación y en este proceso se solicitará, copia certificada de acta de nacimiento; original y copia de credencial para votar con fotografía; constancia de aceptación de la postulación firmada por cada persona candidata propietaria y suplente; constancia de separación del cargo público cuando fuera el caso; constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento.
Además, de la constancia de acreditación del órgano partidista para postulación en el caso de los diputados en funciones, que pretenden competir por otra elección consecutiva.
En esta ocasión fueron eliminadas la constancia de antecedentes penales, de no inhabilitación a cargos públicos y la carta de deudor alimentario, por lo que solo tendrán que presentar una manifestación por escrito de no contar con antecedentes penales, ni estar inhabilitado.
Tras cumplirse con este procedimiento, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) deberá revisar la constitucionalidad y legalidad de las solicitudes de registro dentro de los plazos establecidos, los cuales no deberán superar los 12 días posteriores a presentar su documentación.
En caso, que un partido político, coalición, candidatura común o candidatura independiente no cumpla con la totalidad de los requisitos, el ITE notificará y dará un plazo de 96 horas para que rectifique la solicitud del registro de las candidaturas, de incumplir con ello, se procederá con la negativa de la candidatura correspondiente.
Finalmente, el Consejo General del ITE, resolverá el registro de candidaturas a más tardar 24 horas antes del inicio de campañas, con el fin de dotar de certeza a los aspirantes, partidos políticos y ciudadanía en general.




