Buscan reconocer importancia natural, histórica y social de la Malinche
Las agrupaciones políticas locales podrán participar en procesos electorales locales, mediante acuerdos con un partido político o coalición.
TLAXCALA, Tlax., 17 de junio de 2017.- El legislador perredista, Adrián Xochitemo Pedraza, propuso una iniciativa por el que se pretende adicionar un título décimo segundo a fin de incluir a la Constitución y registro de las agrupaciones políticas locales con capitulo único a la Ley de partidos políticos para el estado de Tlaxcala, a efecto de que obtengan su financiamiento público.
En sesión de la Comisión Permanente, el documento fue dado a conocer por el secretario de la mesa, Enrique Padilla Sánchez, informó que la propuesta del diputado local del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Adrián Xochitemo Pedraza, propone que a través de acuerdos de participación con un partido político, o en su caso por coalición puedan participar las agrupaciones políticas en procesos electorales locales.
Incluso, las agrupaciones políticas locales podrán participar en procesos electorales locales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición.
Las candidaturas surgidas de los acuerdos de participación serán registradas por un partido político y serán votadas con la denominación, emblema, color o colores de éste.
En cuanto al financiamiento público y fiscalización de recursos, las agrupaciones políticas locales tendrán derecho al financiamiento público de sus actividades específicas como entidades de interés público, prevaleciendo las educativas, de capacitación política, investigación socioeconómica y sus tareas editoriales, conforme lo disponga el Reglamento correspondiente.
Además, las agrupaciones políticas locales estarán sujetas a las obligaciones y procedimientos de fiscalización de sus recursos conforme a lo establecido en esta Ley y en el Reglamento correspondiente.
La propuesta se turnó a las Comisiones de Puntos Constitucionales, la de Asuntos Electorales, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.




