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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de marzo de 2018.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad multar a los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) por el uso indebido de la Lista Nominal de Electores y la divulgación de la misma, con sanciones por un total de 77 millones 954 mil 278.26 pesos.
El consejero presidente, Lorenzo Córdova, señaló que nunca ha sido vulnerada la base de datos del Padrón Electoral del IFE, ni ahora del INE.
Todos los casos de filtración de información que históricamente han ocurrido de los datos del Registro Federal de Electores, todos invariablemente –dijo-, son achacables a agentes externos, nunca a los funcionarios de la autoridad electoral.
“Como consecuencia de esas filtraciones, el INE ha tomado medidas preventivas para que, sin demérito de los derechos de los partidos políticos establecidos en la ley para revisar las bases de datos del Padrón Electoral, se impida el mal uso de los datos contenidos en el mismo”, apuntó.
La consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, detalló que se demostró que el Listado Nominal de Electores que le fue dado a Movimiento Ciudadano quedó visible o expuesto en el portal de Internet denominado Amazon, y se pronunció por sancionar de manera ejemplar al partido político, ya que se exhibieron 93 millones 424 mil 710 registros ciudadanos.
“También se tiene que mandar un mensaje muy contundente de que esta institución hace todos los esfuerzos que están a nuestro alcance para erradicar este tipo de conductas y evitar que los datos de la Lista Nominal de Electores se puedan comercializar o utilizar de una manera inadecuada”, dijo.
Por ello, el Consejo General aprobó de manera unánime imponer a Movimiento Ciudadano una multa de 34 millones 158 mil 411.30 pesos, equivalentes al 10 por ciento de las ministraciones anuales y la cual se pagará mediante seis mensualidades de cinco millones 693 mil 68 pesos.
También a Juan Pablo Arellano y a José Manuel del Río, se les impuso una multa por 22 mil 496.32 pesos a cada uno, como responsables del presunto incumplimiento de su obligación de salvaguardar y preservar la inviolabilidad sobre la confidencialidad de la información correspondiente a la base de datos del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
En este punto, la consejera Claudia Zavala enfatizó que es obligación de los partidos políticos salvaguardar y preservar la inviolabilidad sobre la confidencialidad de la información correspondiente a la base de datos del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
“La infracción es la falta de deber, de cuidado de salvaguardar este elemento tan relevante para la materia electoral”, subrayó.
El consejero Marco Antonio Baños apuntó que se hizo un trabajo cuidadoso por parte de la Comisión de Quejas. “Un trabajo siempre apegado a derecho, siempre con exhaustividad en la revisión de los expedientes y siempre con apego irrestricto a los principios de legalidad”, señaló.
El consejero Benito Nacif manifestó que se siguió el protocolo y a partir de las muestras y pruebas adicionales que se recabaron como parte de la investigación, se hizo el deslinde de responsabilidades.
“Claramente está demostrado en el proyecto que se trata de la base de datos que se entregó a Movimiento Ciudadano”.
En esta ocasión, dijo el Consejero Enrique Andrade, “tenemos una mayor indignación por ser la segunda ocasión que se comete esta misma conducta”.
La consejera Pamela San Martín informó que no se puede obviar la gravedad de la falta al dejar sin resguardo los datos personales de los ciudadanos, que se entregan a esta Institución con fines específicos.
La consejera Dania Ravel apuntó que no puede ponerse en duda la solidez de las diligencias de la investigación de la Comisión responsable y Ciro Murayama manifestó que la sanción es porque los datos personales, contenidos en la Lista Nominal fueron indebidamente resguardados, “aquí estamos sancionando el descuido, no la consecuencia de ese descuido”, puntualizó.
Los consejeros José Roberto Ruiz y Jaime Rivera igualmente mostraron su respaldo a la resolución del procedimiento sancionador. “Se puso en riesgo el Padrón Electoral y se pusieron en riesgo millones, decenas de millones de datos personales de los ciudadanos”, señaló el Consejero Rivera.
Lista Nominal en Digital Ocean
Enseguida los consejeros aprobaron por unanimidad una multa al PRI de 43 millones 795 mil 866.96 de pesos, por el indebido resguardo de la Lista Nominal de Electores de Sinaloa, ya que la información que se le entregó no fue debidamente resguardada y apareció en el sitio web Digital Ocean.
También se impuso a Jesús Gonzalo Estrada (representante del PRI ante el Instituto Electoral de Sinaloa), César Manuel Ochoa (otrora secretario de Organización Electoral del Comité Directivo Estatal del PRI en Sinaloa), y a Teresa de Jesús Nieto (directora de Informática del Comité Directivo Estatal del PRI en Sinaloa), una sanción, a cada uno, por 10 mil 956 pesos.
La consejera Adriana Favela señaló que en este caso, el 13 de febrero de 2015 se entregó al PRI en Sinaloa la Lista Nominal y “por una falta de cuidado, esta información estuvo circulando en la red, entonces, ahí se enfrentó una situación muy grave, en este caso son dos millones 72 mil 588 registros de ciudadanas y ciudadanos que estuvieron expuestos en esa página y que obviamente, también se tiene que sancionar con la severidad que se necesita”.
La consejera Pamela San Martín, dijo que, a diferencia del caso de MC, “estamos sancionando por una omisión de cuidado y estamos estableciendo un agravante por la utilización o manipulación de la información que está en estas listas”.
En la sesión ordinaria, la autoridad electoral también aprobó por unanimidad multar al PRI con 43 mil 199.99 pesos, por la presunta afiliación indebida de un ciudadano. Se ordenó al partido para que, en el supuesto que el ciudadano David Alejandro Ramírez continúe en su padrón de militantes, sea dado de baja inmediatamente.
Y los consejeros aprobaron por unanimidad ratificar la multa por 155 mil 343.60 pesos al Partido del Trabajo (PT), por la afiliación indebida de cuatro ciudadanos.
Se ordenó al PT para que, en el supuesto que los quejosos continúen en su padrón de militantes, sean dados de baja dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la presente resolución.