Explosión de pipa paraliza el tránsito en el Arco Norte
TLAXCALA, Tlax., 27 de agosto de 2017.- Durante la sustanciación de un recurso de revisión interpuesto ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Secretaría de Salud modificó su respuesta y le entregó a un particular la base de datos con información de las 994 defunciones maternas ocurridas en 2015.
Una particular solicitó la base de datos de las defunciones maternas ocurridas durante 2015, integrada por la dependencia con la información del certificado de defunción y aquella obtenida con las 93 variables del método RAMOS.
En respuesta, la Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en Salud, manifestó que contaba con la información en formato de cubos dinámicos, por lo que proporcionó la liga electrónica para su consulta.
Inconforme, la particular interpuso un recurso de revisión, indicando que pidió una base de datos, es decir, microdatos a nivel persona, y precisó que el archivo correcto debía contener las 944 muertes maternas ocurridas en 2015, con los valores requeridos.
En alegatos, la dependencia modificó su respuesta al proporcionar a la particular la base de datos completa de la mortalidad materna, desagregada por persona y con la mayoría de las variables solicitadas, excepto cinco que no eran capturadas por los subsistemas de información a su cargo.
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana destacó la disposición de la Secretaría de Salud para satisfacer el requerimiento informativo relacionado con un tema de suma importancia: la mortalidad materna.
Al respecto, señaló que las defunciones durante el embarazo son consideradas por la Organización Mundial de la Salud como la principal causa de mortandad entre mujeres de edad reproductiva, a nivel global.
“En el caso de nuestro país, el Informe Semana de Vigilancia de Epidemiología de la Secretaría de Salud, indica que en lo que va del año se han registrado 456 muertes de este tipo, siendo las principales causas las hemorragias obstétricas, la hipertensión gestacional y las complicaciones en el parto, mientras que de manera acumulada desde 2010, se contabilizan más de seis mil 600 decesos de este tipo”, expuso.
La comisionada Cano planteó que esos datos y el estudio Búsqueda intencionada de muertes maternas en México, de la dependencia, destacan la necesidad de contar con información confiable sobre este tipo de defunciones, para analizar su comportamiento y establecer medidas preventivas.
Bajo este contexto, al analizar el caso se advirtió que, en alcance a su respuesta inicial, la Secretaría de Salud proporcionó una base de datos en formato Excel, con el registro de las 994 defunciones maternas ocurridas durante el año 2015, desagregadas a través de 89 de las 93 variables requeridas, precisando que no contaba con las restantes, debido a que los subsistemas de información que administra, no captan ni generan dicha información, lo cual fue corroborado por la ponencia.
En ese sentido, se concluyó que la dependencia cumplió con el procedimiento de búsqueda, toda vez que turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes, a saber, el Sistema Nacional de Salud y la Dirección General de Información en Salud.
La comisionada Areli Cano refirió que la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha reiterado que la calidad de la salud tiene estrecha relación con el control que el Estado tiene sobre los servicios médicos, por lo que resaltó la necesidad de contar con diversas mediciones que permiten evaluar los servicios médicos, e identificar áreas de oportunidad, para incidir en el mejoramiento de la salud.
“La transparencia en el presente caso, juega un papel importante, pues facilita la sociedad de información que puede ser reutilizable, para crear conocimiento útil, que coadyuve con las autoridades para una mejor planeación y toma de decisiones sobre la prestación de servicios sanitarios y, con ello, continuar las tendencias decrecientes de la mortalidad materna, las cuales según datos del propio sujeto obligado, se redujeron de enero a la fecha de este año en un 14.3 por ciento con respecto a lo registrado en el mismo periodo de 2016”, enfatizó.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI determinó sobreseer el recurso de revisión, toda vez que, durante la sustanciación del mismo, la Secretaría de Salud remitió a la particular la base de datos en formato Excel con el registro de microdatos de las 944 defunciones maternas ocurridas en 2015, desagregados a través de 89 de 93 variables requeridas y manifestando los motivos por los cuales no cuenta con todas.